A partir de enero de 2025, la Agencia Tributaria neerlandesa aplicará activamente la ley DBA, por lo que la distinción entre empleados y autónomos se vuelve crucial. ¿Qué implica exactamente esta ley y cómo se determina si alguien es realmente autónomo? Explicamos qué factores desempeñan un papel en ello, como las relaciones de autoridad, los horarios de trabajo, el riesgo comercial y la duración de los encargos.
Con normas más estrictas contra la falsa autonomía, es de gran importancia tanto para los clientes como para los autónomos analizar esto correctamente. ¿Quieres tener más claridad sobre tu colaboración con autónomos? Hemos elaborado un resumen claro de cómo determinar si alguien es realmente un autónomo o si posiblemente debería considerarse empleado.
¿Qué implica exactamente la ley?
La Ley DBA (Desregulación de la Evaluación de Relaciones Laborales) se ha establecido para determinar si alguien debe considerarse empleado o autónomo. Esto se hace evaluando la relación laboral según diversos criterios. El objetivo de esta ley es combatir la falsa autonomía y evitar que los clientes eludan involuntariamente obligaciones fiscales o derechos laborales.
Con la entrada en vigor de la ley, la responsabilidad de evaluar si se trata de un autónomo o de un empleado recae en los clientes. Si posteriormente resulta que existía una relación laboral, esto puede dar lugar a liquidaciones adicionales de retenciones del IRPF, cotizaciones sociales y posibles multas.
Con base en los siguientes criterios se puede determinar si existe (falsa) autonomía:
- Relación de autoridad: un empleado sigue instrucciones directas y está bajo la supervisión del empleador. Un autónomo, en cambio, tiene la libertad de organizar el trabajo a su propio criterio, por ejemplo, determinando él mismo los horarios, el método de trabajo o el lugar.
- Naturaleza y duración de las tareas: Los empleados normalmente realizan tareas estructurales que forman parte de las operaciones de la empresa, mientras que los autónomos trabajan por proyectos. Su participación suele ser temporal y orientada a encargos específicos.
- Horarios y método de trabajo: Los empleados tienen horarios y métodos establecidos que deben seguir. Los autónomos determinan sus propios horarios y método de trabajo, siempre que se entregue el resultado acordado, lo que les ofrece considerablemente más libertad.
- Integración en la organización: Los empleados forman parte de la organización y utilizan las instalaciones internas y la colaboración dentro de los equipos. Los autónomos suelen trabajar de forma externa e independiente, sin acceso a beneficios laborales como planes de pensiones o instalaciones de la empresa.
- Ejecución personal del trabajo: Los empleados normalmente realizan el trabajo ellos mismos y no pueden subcontratarlo fácilmente. Los autónomos, en cambio, tienen la posibilidad de que otros realicen las tareas sin que esto afecte al encargo.
- Relación contractual: Los contratos laborales para empleados son menos flexibles y establecen aspectos como los días de vacaciones, el salario y las condiciones de trabajo. Los autónomos firman acuerdos flexibles en los que pueden negociar ellos mismos las tarifas y el alcance del trabajo.
- Remuneración: Los empleados reciben un salario fijo de su empleador. Los autónomos determinan sus propias tarifas, pero también asumen más riesgos financieros.
- Riesgo comercial: Los empleados corren poco riesgo financiero y tienen garantizados unos ingresos. Los autónomos funcionan como empresarios y son responsables de sus propios ingresos y seguros.
- Tráfico económico: Los empleados dependen financieramente de un único empleador. Los autónomos suelen trabajar para varios clientes, toman la iniciativa propia para conseguir encargos y son responsables de su propio éxito económico.
Nos gusta pensar contigo sobre cómo evitar la falsa autonomía dentro de la organización y, con ello, el riesgo de multas.
¿Quieres reflexionar sobre este tema? No dudes en ponerte en contacto a través del 077 – 351 2274






